Con un poco de retraso, la Dirección de Trabajo ha aprobado la prorroga del ERE de suspensión.
Y como punto muy importante esa resolución marca:
El número máximo de días de suspensión correspondientes a los dos días de descanso semanal, no podrá ser superior a dos séptimas partes del total de días consumidos.
Las copias para que podáis renovar la cartilla del paro, están a vuestra disposición en RRHH.