lunes, 19 de julio de 2010

Pago de la nocturnidad en las vacaciones

La dirección nos ha comunicado en la reunión de la Comisión de Seguimiento del ERE que no tiene intención de abonar ni un euro en el concepto nocturnidad durante el tiempo de vacaciones.

Como esta postura vulnera el Convenio de la OIT referente a la retribución del periodo vacacional, se emprenderán las acciones legales oportunas.
El plazo de reclamación es de 12 meses desde la fecha en que hubiera debido producirse el abono.
CCOO os recomendamos que conserveis las nóminas de este año para, si fuera necesario, tener la documentación para las reclamaciones de cantidad. Los afiliados y afiliadas, en función de su antigüedad, tendrán las bonificaciones correspondientes en los procesos legales.